viernes, 20 de abril de 2007

Ejercicio y administracion Farmaceutico

Ejercicio y Administración Farmaceutica

Derecho

Es un conjunto de normas obligatorias a la que estan sometidos los integrantes de una sociedad para vivir de acuerdo a la justicia , y a cuya observancia pueden ser obligados por la fuerza.

Derecho Moral:

La moral es autonoma , depende de cada individuo, es un conjunto de normas, no puede aplicarse por la fuerza.

Elementos que regulan las normas Jurídicas:

Las normas Jurídicas son reguladas por los elementos que quedan relacionados por : el sujeto y la Ley o norma que injieren sobre el

Clasificación de normas jurídicas:

Las clasificaciones pueden ser de la siguiente manera :

· Normas nacidas de un código, las mismas deben cumplirse de no hacerlo se podrá dar a lugar a los recursos Judiciales .

· Normas Administrativas. Si se faltan a estas normas se puede dar a lugar a un recurso administrativo.

Fuentes de Derecho:

La fuente del derecho es aquello en donde se origina el derecho entre los que encontramos: Constitución Nacional y Tratados Internacional.

Ley:

Es una regla nacional obligatoria.

Clasificaciones de leyes:

Relacionándose a la ley como una forma obligatoria y parte del derecho. No así como la ley de la naturaleza o leyes de Fe, etc. Las leyes como forma obligatoria se pueden clasificar como:

· Ley formal o estricta : es la que sanciona el poder legislativo siguiendo el procedimiento en la Constitución nacional .

· Ley en sentido amplio : Ley material = Cualquier norma jurídica emanada de autoridad competente .

Sanción y Promulgación :

Las Leyes son sancionadas cuando es aprobada por las dos cámaras legislativas (Diputados y Senadores).

La promulgación es cuando el poder ejecutivo da conocimientos de una ley.

Derogación :

Hay formas de derogar una ley :

· Se puede derogar mediante otra ley , lo que se llamaría Derogación expresa.

· Una Ley puede caer en desuso a lo cual se llamaría una Derogación Tasita.

Pero hay que tener en cuenta que un decreto no puede derogar un Ley.

Veto :

Esta es una atribución que se le da al Poder Ejecutivo que se llama derecho de veto, es decir que esta atribución puede impedir por veto un proyecto de ley que se esta discutiendo en la cámara.

Decreto:

Es una norma Jurídica que emana del Poder Ejecutivo las cuales son :

· Administrativo: cuando se nombra a los secretarios y funcionarios públicos.

· Reglamentarios : esta da las instrucciones que sean necesarias para la ejecución de las leyes sin alterar su espíritu.

· De emergencia: estas también se dan a conocer como de necesidad y urgencia.

Resolución :

Es toda disposición o decisión emanada de autoridad administrativa no superior, ya se trate de autoridad no superior especto a un mínimo órgano. La Resolución se distingue del Decreto por la autoridad que lo emite.

Las Disposiciones :

Son normas que dictan los directores nacionales dentro de las atribuciones que le confieren los decretos de creación de la misma.

Las Ordenanzas :

Estas son normas jurídicas dictadas por los municipios .

Código:

Es un conjunto de leyes.

Organización de la justicia Nacional:

Estas nace en la Constitución Nacional y se ordena de mayo a menor jerarquía :

1. Corte Suprema de Justicia de la Nación : órgano colegiado, pluripersonal.

2. Cámaras Nacionales de Apelación, en los diferentes fueros : civil, comercial, penal, laboral. Órgano pluripersonal.

3. Juzgados de primera instancia de los diferentes fueros. Unipersonales.

EJERCICIO FARMACÉUTICO

Antecedentes historicos de la profesión farmacéutica :

Antiguamente la dispensacion de medicamentos la ejercia un idóneo en farmacia que tenia conocimientos sobre las dosis máximas y minimas de los medicamentos.

Obligaciones y resposabilidades del farmacéutico:

Según resolución de ministerio de Educación de la Nación 1382/83. El farmacéutico podrá :

1. ser director resposable del funcionamiento de la oficina de farmacia. Sutitulo posee validez Nacional y puede ejercer la profesión en la farmacia particular, en instituciones privadas y oficiales, en las instituciones sanitarias y asistenciales, en las furzas armadas y en la industria farmaceutica, indutria alimentaria e indutria cosmética.

2. Establecer especificaciones que deben reunir los ambientes en donde se elaboren productos farmacéuticos, cosméticos y otros relacionados con la salud.

3. Integrar el personal técnico de producción, control y desarrollo en farnacias, industrias farmaceuticas, alimentarias y cosmético.

4. Extraer, aislar reconocer, identificar y conservar fármacos y nutrientes naturales de origen animal, vegetal y mineral.

5. Preparar y dispensar medicamentos destinados para el uso de seres humanos.

6. realizar un control de calidad en materias primas productos intermedios y finales.

7. Ejercer la dirección de laboratorios de análisis de droga y medicamentos.

8. Hacer estudios farmacológicos en seres vivos.

9. Actuar como director técnico.

10. Participar en la redacción del formulario Nacional de la farmacopea y de los códigos y reglamentos alimentarios.

11. Realizar funciones paramedicas.

Ejercicio ilegal:

El farmacéutico frente al codigo penal :

Charlatanismo:

Es la persona que posee un titulo habilitado y comete un delito atrayendo a pacientes con promesas de curación falsa.

Curanderismo:

Es la Persona que ejerce la accion de curar sin titulo.

Prestación y usurpación de titulo:

Hay dos delitos diferentes :

1. Prestación de Nombre : Es un individuo con titulo para el ejercicio del arte de curar que presta su nombre a otro que no tiene titulo.

2. usurpación de titulo: Es la persona que se apropia de titulos profesionales que no le corresponde.

Obligaciones y responsabilidad del farmacéutico:

Responsabilidad profesional y penal :

Es la obligación que tiene toda persona que ejerce la accion de curar de responder ante la justicia por daños ocacionados con motivos del acto profesional.

La responsabilidad profesional esta contemplada en el codigo penal en los articulo 84 y 94 y en la Ley de ejercicio de la farmacia (Ley 17565).

Si se trata de fuero penal :

· Delito doloso : es con intención de daño.

· Delito culposo: es sin intención de daño.

Si se trata de fuero civil según las causas se clasifican en : Imprudencia, Impericia, Negligencia.

Imprudencia :

Es causada cuando el profesional actua apresuradamente causando un daño al paciente.

Impericia:

Es la falta de conocimientos propios de la profesión.

Negligencia:

Ocurre cuando no se cumplen los principios básicos de una profesión.

El farmacéutico como auxiliar de justicia :

Perito:

Los peritos farmacéuticos son profesionales que cumplen la función de asistir en ciertos proceso judiciales.

Responsabilidades :

Una vez designado y notificado el profesional debe aceptar el cargo, el articulo 243 del codigo penal prevé penas de prisión para el que no lo cumpla.

Excusación y recusación :

Un perito puede excusarse de aceptar la pericia si considera que por relación con algunas de las partes no podra evitar subjetividades.

Unas de las partes puede recusar al perito resignado si tiene razones para considerar que el mismo no tendra una posición imparcial en su peritaje.

Informe pericial :

Los peritos deben responder a un informe pericial el cual sera evaluado por un juez .

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Los excesos de la Industria Farmacéutica : por Eduardo Marcelo Cocca *
Acostumbrados desde siempre a un manejo discrecional e inconsulto de sus políticas, salvo con sus dos mayores cámaras y algunas pequeñas entidades del sector viven en una burbuja ajenos a los padecerse de la nación que sea.
Los costos de los medicamentos, en particular su materia prima habitualmente, salvo excepciones, cuesta mas su empaque que el producto en si, las ganancias desde siempre, no se trata de ninguna novedad rondan entre el dos mil y dos mil quinientos por ciento, este escándalo que no es ni fue nunca ajeno a las autoridades de turno no termina aca, a esto debemos sumarle lo que se denomina aumentos ponderados de precios, que es esto, todos los laboratorios farmacéuticos tienen en sus listas de precios productos que valen centavos o monedas y que por supuesto siempre están en falta en las droguerías y laboratorios productores, no son productos que se tienen en lista para en algún momento relanzar y vender, al contrario, sirven para cuando se obtiene un aumento acordado por el gobierno, estos no se modifican en su valor al publico,total no existen, aca no se pierde nada, ese porcentaje que le corresponde al producto fantasma, es sumado al producto de mas venta de la empresa de forma tal que si a tal producto le autorizaron cuarenta por ciento de aumento, el aumento real, pasa a ser del ochenta por ciento.
Una de mis actividades es ser Profesor Universitario, asignatura Ejercicio y Administracion Farmaceutica, carrera de Farmacia, ( entre otras ), como trabajo practico en clase con mis mas de cincuenta ( 50 ) alumnos, quisimos sacar el costo real, de un producto con mas de 40 años en el mercado, un descongestivo nasal en gotas, sustancia basica, nafazolina, averiguamos y diferentes cursantes que trabajan en farmacias que hacen recetas magistrales consultaron al mas importante droguero de sustancias diversas para toda la actividad farmaceutica, cual fue la tamaña sorpresa para todos, que el costo del descongestivo, por unidad es de 0,03 centavos y el precio de venta al publico es de 11,25 pesos, esto nos da un margen de ganancia del 37.500 POR CIENTO, este margen seguramente es superior si la nafazolina se compra directamente en India o en China, los dos paises que proveen materias primas a practicamente toda la industria farmaceutica.
Estos porcentajes de ganancia, lamentablemente son validos para practicamente todo el espectro de especificos farmaceuticos.
Esto no es un exceso, es un escandalo y alguien debera mas que urgente hacer algo y desgraciadamente tanta inequidad no acaba aqui, ahora tenemos desabastecimiento de medicamentos.

Todos los funcionarios, todos los gobiernos, siempre fueron concientes, de este despojo a la totalidad de la población de la Nación.
Ni hablemos de los míseros porcentajes, que le permiten ganar a los farmacéuticos, convirtiéndolos en casi empleados gratis de los laboratorios farmacéuticos al igual que los médicos.
El Estado Nacional, tiene y sabe de las variadas formas que hay para revertir esta situación.
Asimismo lamento, el silencio, de los colegio de farmacéuticos, colegios médicos, entidades supuestamente defensoras de los derechos del consumidor, me pregunto a todos nosotros, nos representa alguien.
Esperemos que algún día, la grandeza que anida en el corazón de todo argentino bien nacido aflore y solucione estas otras cuestiones de tanta o mas gravedad.
Datos del autor del texto
*(*)Procurador, Abogado y Profesor Universitario.Docente con el cargo de Jefe de Trabajos Prácticos, durante 24 meses, en la Facultad de Derecho de la Universidad de Lomas de Zamora, en la cátedra Realidad Social Latinoamericana y Derecho. Docente en la Facultad de Derecho, de la Universidad Maimonides, en la cátedra de Derecho Empresarial ( orientación Derecho Constitucional). Docente a cargo de las cátedras „Economía y Legislación „ y Ejercicio y Administración Farmacéutica‰ en la Universidad Kennedy. Docente de Legislación y Práctica Aduanera en la Universidad Kennedy. Docente de Derecho Administrativo en la Universidad Kennedy. Profesor Adjunto, de Economia Politica, en la carrera de Abogacia de la Universidad Abierta Interamericana.Profesor en la Carrera de Periodismo de la asignaturas Aspectos Legales y Eticos del Periodismo, en la Universidad Kennedy. Profesor de Aspectos Legales de la Informatica, de la Lic. en Sistemas Informaticos, de la Universidad Kennedy. Profesor Universitario , egresado como tal, del Profesorado Universitario de la Universidad Maimonides. Colegiado, matriculado en el Colegio Publico de Abogados de la Capital Federal (Tomo 74; Folio 0976) y en la Cámara Federal De Apelaciones de la Plata (Corte Suprema de Justicia de la Nación), (Tomo 201; Folio 795 )
profcocca@gmail.com

Anónimo dijo...

Los excesos de la Industria Farmacéutica en Argentina : por Eduardo Marcelo Cocca
Acostumbrados desde siempre a un manejo discrecional e inconsulto de sus políticas, salvo con sus dos mayores cámaras y algunas pequeñas entidades del sector viven en una burbuja ajenos a los padecerse de la nación que sea.
Cuadro Nº 17: Principales drogas según costo en Distribuidora y venta final en Farmacia. Por tipo de producto y laboratorios. 2005.

DROGA
$ por Kg.
PRODUCTO
PRESNT.
$ X DROGA
$ Salida Laborat.
Diferencia

OMEPRAZOL
402,0
LOSEC (ASTRA)
20 X 14
0,1
36,6
33130%

DICLOFENAC SODICO
87,9
VOLTAREN (NOVAR)
75 X 14
0,1
24,6
27223%

DICLOFENAC SODICO
87,9
DIOXAFLEX (BAGO)
75 X 14
0,1
19,8
21932%

OMEPRAZOL
402,0
ULCOZOL (BAGO)
20 X 14
0,1
23,0
20800%

DIAZEPAN
235,1
VALIUM (ROCHE)
10 X 50
0,1
24,3
20141%

OMEPRAZOL
402,0
PROCELAC (IVAX)
20 X 14
0,1
22,1
19960%

DIAZEPAN
235,1
LEMBROL (SANOF)
10 X 50
0,1
24,0
19885%

DIAZEPAN
235,1
PLIDAN (ROEM)
10 X 50
0,1
19,2
15905%

PIROXICAM
239,7
FELDENE (PFIZ)
20 X 20
0,1
13,0
12860%

AMLODIPINA
1.932,2
CARDIOREX (BAGO)
10X30
0,6
56,5
9649%

PIROXICAM
239,7
SOLOCALM (BERN)
20 X 20
0,1
9,7
9570%

AMLODIPINA
1.932,2
AMLOC (PFIZ)
10X30
0,6
50,8
8651%

NIFEDIPINA
374,9
ADALAT (BAYER)
10 X 50
0,2
12,9
6671%

ENLAPRIL
1.296,0
RENITEC (MSD)
5 X 30
0,2
11,1
5724%

NIFEDIPINA
374,9
NIFELAT (SIDUS)
10 X 50
0,2
9,6
4954%

LORAZEPAN
4.320,0
TRAPAX (WYETH)
1 X 30
0,1
6,3
4765%

AMLODIPINA
1.932,2
PELMEC(CASAS)
10X30
0,6
28,1
4746%

LORAZEPAN
4.320,0
EMOTIVAL ( IVAX)
1 X 30
0,1
6,1
4603%

AMLODIPINA
1.932,2
TERLOC (IVAX)
10X30
0,6
26,3
4443%

ENLAPRIL
1.296,0
GLIOTEN (BAGO)
5 X 30
0,2
8,4
4311%

ENLAPRIL
1.296,0
LOTRIAL (ROEM)
5 X 30
0,2
8,3
4263%

ENLAPRIL
1.296,0
GADOPRIL (GADOR)
5 X 30
0,2
7,5
3835%

ATENOLOL
253,4
PRENORMINE (ASTR)
50X 28
0,4
11,6
3231%

LORAZEPAN
4.320,0
KALMALIN (BAGO)
1 X 30
0,1
3,9
2905%

RANITIDINA
178,0
ZANTAC (GLAXO)
300 X 30
1,6
47,6
2874%

BROMAZEPAN
9.029,6
LEXOTANIL (ROCHE)
3 X 20
0,5
12,7
2258%

BROMAZEPAN
9.029,6
OCTANIL (BAGO)
3 X 20
0,5
12,2
2165%

ATENOLOL
253,4
PLENACOR (BAGO)
50 X 28
0,4
7,5
2045%

CISAPRIDE
6.396,8
PREPULSID (JANS)
10 X 20
1,3
24,8
1839%

CIPROFLOXACINA
283,0
CIRIAX (ROEM)
500 X 10
1,4
27,3
1821%

CIPROFLOXACINA
283,0
SEPTICIDE (BAGO)
500 X 10
1,4
27,1
1810%

ASPIRINA
24,7
A.A.S. (SANOF)
500X20
0,2
4,6
1751%

ACICLOVIR
601,6
ZOVIRAX (GLAXO)
200 X 20
2,4
40,2
1583%

CIPROFLOXACINA
283,0
CIPRO (BAYER)
500 X 10
1,4
23,6
1560%

CISAPRIDE
6.396,8
PULSAR (PHOEN)
10 X 20
1,3
21,2
1560%

IBUPROFENO
72,3
FEBRATIC (ROEM)
400 X 10
0,3
4,8
1557%

DIPIRONA
51,0
DIOXADOL (BAGO)
500 X 10
0,3
4,1
1487%

IBUPROFENO
72,3
IBUPIRAC (PFIZ)
400 X 10
0,3
4,6
1475%

KETOROLAC
6.012,4
DOLTEN (PFIZ)
10 X 20
1,2
17,9
1395%

KETOROLAC
6.012,4
SINALGICO (BERN)
10 X 20
1,2
16,3
1344%

SINVASTATIN
12.264,0
COLEDIS (SIDUS)
10 X 30
3,7
53,0
1340%

RANITIDINA
178,0
TAURAL (ROEM)
300 X 30
1,6
22,8
1324%

RANITIDINA
178,0
VIZERUL (MONTP)
300 X 30
1,6
22,6
1314%

ATENOLOL
253,4
ATENOLOL (GADOR)
50 X 28
0,4
4,9
1308%

IBUPROFENO
72,3
ACTRON (BAYER)
400 X 10
0,3
3,8
1210%

DIPIRONA
51,0
NOVALGINA (AVEN)
500 X 10
0,3
3,2
1153%

NIMESULIDA
401,0
ALDORON (IVAX)
200 X 20
1,6
18,8
1074%

ACICLOVIR
598,6
LISOVYR (ELEA)
200 X 20
2,4
27,6
1054%

NIMESULIDA
401,0
FLOGOVITAL NF (BAG)
200 X 20
1,6
18,1
1029%

ACICLOVIR
599,6
POVIRAL(ROEM)
200 X 20
2,4
23,0
862%

SINVASTATIN
12.264,0
ZOCOR (MSD)
10 X 30
3,7
35,5
838%

SINVASTATIN
12.264,0
VASOTENAL (ROEM)
10 X 30
3,7
32,9
823%

ACICLOVIR
600,6
XICLOVIR(LAZAR)
200 X 20
2,4
22,0
821%

FINASTERIDE
44.500,0
PROSCAR (MSD)
5 X 30
6,7
59,2
786%

AMPICILINA
309,0
TRIFACILINA (BAGO)
500 X 16
2,5
16,8
580%

ASPIRINA
24,7
BAYASPIRINA (BAY)
500X20
0,2
1,7
572%

LOSARTAN
4.250,0
COSAAREX (MSD)
50 X 30
6,4
40,9
542%

FINASTERIDE
44.500,0
FINASTERIN (FINAD)
5 X 30
6,7
41,8
526%

ESPIRONOLACTONA
5.902,4
ALDACTONE (PFIZ)
25 X 30
4,4
27,3
516%

FINASTERIDE
44.500,0
VETIPROST (IVAX)
5 X 30
6,7
40,6
507%

AMPICILINA
309,0
HISTOPEN (BERN)
500 X 16
2,5
14,9
506%

GENFIBROZIL
379,4
LOPID 600 (PFIZ)
600 X 30
6,8
40,7
496%

LOSARTAN
4.250,0
LOSACOR (ROEM)
50 X 30
6,4
38,0
496%

LOVASTATIN
21.030,0
SIVLOR )SIDUS)
10 X 30
6,3
36,8
484%

GENFIBROZIL
379,4
HIPOLIXAN (BAGO)
600 X 30
6,8
39,8
483%

CEFALEXINA
531,0
KEFORAL (IVAX)
500 X 16
4,2
23,6
455%

DILTIAZEM
1.170,0
HART (IVAX)
60 X 20
1,4
7,7
453%

DILTIAZEM
1.170,0
ACALIX (ROEM)
60 X 20
1,4
7,7
448%

LOSARTAN
4.250,0
PAXON (GADOR)
50 X 30
6,4
34,9
448%

ATORVASTATIN
24.219,3
LIPITOR (ELEA)
10 X 30
7,3
38,1
424%

ATORVASTATIN
24.219,3
ZARATOR (PHOEN)
10 X 30
7,3
38,1
424%

DILTIAZEM
1.170,0
INCORIL (BAGO)
60 X 20
1,4
7,0
402%

AMPICILINA
309,0
GRANPENIL (N.ARG)
500 X 16
2,5
12,3
400%

AZITROMICINA
2.538,9
ZITROMAX (PFIZ)
500 X 3
3,8
18,9
396%

CEFALEXINA
531,0
BELIAM (ABBOTT)
500 X 16
4,2
20,4
381%

ATORVASTATIN
24.219,3
LIPIBEC (IVAX)
10 X 30
7,3
34,6
376%

ESPIRONOLACTONA
5.902,4
EXPAL (BAGO)
25 X 30
4,4
20,8
370%

ESPIRONOLACTONA
5.902,4
DRIMUX (GADOR)
25 X 30
4,4
19,1
332%

CEFALEXINA
531,0
CEFALEXINA (N.ARG)
500 X 16
4,2
18,0
323%

LISINOPRIL
19.000,0
DOXAPRIL (BAGO)
10 X 30
5,7
23,9
319%

LISINOPRIL
19.000,0
ZESTRIL (ASTRA)
10 X 30
5,7
23,9
319%

LOVASTATIN
21.030,0
MEVLOR (MSD)
10 X 30
6,3
26,1
313%

BUFLOMEDIL
1.287,0
LOFTON (ABBOTT)
300 X 20
7,7
31,4
307%

LISINOPRIL
19.000,0
LISINOPRIL (IVAX)
10 X 30
5,7
22,7
298%

AMOXICILINA
307,0
AMOXIDAL (ROEM)
500 X 16
2,5
9,6
289%

AMOXICILINA
307,0
TRIFAMOX (BAGO)
500 X 16
2,5
9,4
283%

AMOXICILINA
307,0
AMOXIPENIL (MONT)
500 X 16
2,5
8,6
247%

CEFADROXILO
979,9
KANDICIN (BERN)
500 X 16
7,8
27,2
247%

AZITROMICINA
2.538,9
TRIAMID (BETA)
500 X 3
3,8
13,0
239%

AMOXICILINA
307,0
FULLCILINA (ELEA)
500 X 16
2,5
8,1
230%

CEFADROXILO
979,9
CEFACAR (N.ARG)
500 X 16
7,8
24,7
215%

AZITROMICINA
2.538,9
CRONOPEN (ELEA)
500 X 3
3,8
12,0
214%

CEFADROXILO
979,9
CEFACILINA (MONTP)
500 X 16
7,8
24,3
210%

AZITROMICINA
2.538,9
MISULTINA (BERN)
500 X 3
3,8
11,4
201%

AMIODARONA
869,4
ATLANSIL (ROEM)
200 X 20
3,5
9,4
169%

AMIODARONA
869,4
RITMOCARDYL (SANO)
200 X 20
3,5
9,3
167%

AMIODARONA
869,4
CORONOVO (SAND)
200 X 20
3,5
9,3
166%

AMIODARONA
869,4
BATMOTROPIN (BAG)
200 X 20
3,5
6,7
93%

BUFLOMEDIL
1.287,0
ARTERIOL (GADOR)
300 X 20
7,7
13,7
78%


Fuente: AAPM.

Lo expuesto no considera la rentabilidad que los laboratorios que producen medicamentos para patologías graves (como el tratamiento del HIV, diversos oncológicos y anestésicos). En el cuadro Nº 18 se presenta algunos medicamentos no consignados por la consultora IMS.

Puede observarse que el medicamento oncológico Nexavar, producido por el laboratorio extranjero Shering tiene un precio al público de $24.653 en la presentación de los 200mg. El laboratorio extranjero Pfizer produce el medicamento oncológico Sutent a un costo de $20.313 la presentación de 50mg. Para el caso del tratamiento del HIV, el laboratorio extranjero Roche produce el medicamento Fuzeon a un módico precio de $10.850 la presentación de 90mg.

Todos los funcionarios, todos los gobiernos, siempre fueron concientes, de este despojo a la totalidad de la población de la Nación.
Ni hablemos de los míseros porcentajes, que le permiten ganar a los farmacéuticos, convirtiéndolos en casi empleados gratis de los laboratorios farmacéuticos al igual que los médicos.
El Estado Nacional, tiene y sabe de las variadas formas que hay para revertir esta situación.
Asimismo lamento, el silencio, de los colegio de farmacéuticos, colegios médicos, entidades supuestamente defensoras de los derechos del consumidor, me pregunto a todos nosotros, nos representa alguien.
Esperemos que algún día, la grandeza que anida en el corazón de todo argentino bien nacido aflore y solucione estas otras cuestiones de tanta o mas gravedad.

Anónimo dijo...

ESTOS SON LOS MAIL DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE MI SEPARACION DE TODAS MIS CATEDRAS, ES A LOS EFECTOS DE QUE SI ALGUIEN LES QUIERE DECIR ALGO.
UN FRATERNAL ABRAZO A TODOS
EDUARDO COCCA



Dr. : Rodolfo Capón Filas caponfilas@fibertel.com.ar




Farmacéutica : Maria del Carmen Magariños



mcmagarinos@fibertel.com.ar



--------------------------------------------------------------------------------
Rectora
Dra. María Elisa Herren de David herrenm@kennedy.edu.ar

Anónimo dijo...

ESTOS SON LOS MAIL DE LAS PERSONAS RESPONSABLES DE MI SEPARACION DE TODAS MIS CATEDRAS, ES A LOS EFECTOS DE QUE SI ALGUIEN LES QUIERE DECIR ALGO.
UN FRATERNAL ABRAZO A TODOS
EDUARDO COCCA



Dr. : Rodolfo Capón Filas caponfilas@fibertel.com.ar




Farmacéutica : Maria del Carmen Magariños



mcmagarinos@fibertel.com.ar



--------------------------------------------------------------------------------
Rectora
Dra. María Elisa Herren de David herrenm@kennedy.edu.ar

Anónimo dijo...

Cocca : entrevistas radiales, cartas y hechos


http://www.goear.com/listen.php?v=00cc708

http://www.goear.com/listen.php?v=4e93b69


http://cartasacocca.blogspot.com/